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Modalidad 40 IMSS

Si eres candidato y planeas pensionarte bajo la Ley del Seguro Social 1973, es importante que conozcas la Modalidad 40 IMSS y cómo te puede ayudar a aumentar tu pensión hasta en un 300% más.

¿Cómo funciona?

La Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, también conocida como Modalidad 40 IMSS, es un derecho y beneficio que por ley tienen los trabajadores que comenzaron a cotizar en el IMSS antes del 1° de julio de 1997.

Consiste en realizar aportaciones voluntarias que sólo se pueden hacer si el trabajador dejó de cotizar con un patrón, así puedes mejorar el promedio salarial, sumar semanas y, por ende, obtener un monto mejorado de pensión con total apego a la ley.

Este incremento en el monto de tu pensión se obtiene a través de la combinación de dos factores:

  1. Aumento del número de semanas cotizadas ante el IMSS.
  2. Mejorar el promedio salarial de los últimos 5 años cotizados.

Para darte de alta ante la Modalidad 40 únicamente necesitas cumplir con 4 requisitos:

  1. Ser trabajador inactivo que no esté cotizando ante el IMSS.
  2. Tener cotizadas por lo menos 52 semanas de trabajo en los últimos 5 años.
  3. Solicitar el alta a la modalidad antes de 5 años de tu fecha de baja.
  4. Haber comenzado a cotizar ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997.

Para darte de alta debes acudir directamente a la subdelegación del IMSS que te corresponda, con los siguientes requisitos:

  1. Estar dado de baja ante el IMSS.
  2. Presentar en la ventanilla de la subdelegación un escrito libre solicitando la inscripción en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, con tu firma y los siguientes documentos:
    • CURP
    • INE
    • Comprobante de domicilio
  3. En el escrito puedes solicitar el salario con el que deseas cotizar, el cual podrá ser igual o mayor al que tenías registrado al momento de tu baja. Con una buena orientación y planeación puedes incrementar al máximo el monto de tu pensión.
  4. Proporcionar al trabajador de la ventanilla el escrito y documentación para llenar la Solicitud de Inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio y el Aviso de Inscripción del Trabajador.
  5. Una vez autorizada la solicitud, te entregarán los recibos de pago retroactivos de las cuotas obrero-patronales del pedido solicitado, con actualizaciones y recargos. El pago se debe realizar el mismo día de su emisión.

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